Por la cual se expide la Guía metodológica para la elaboración del Plan Estratégico de Seguridad Vial.

La Resolución 1565 de 2014, expedida por MinTransporte surge a partir de la necesidad de contrarrestar las alarmantes cifras de accidentalidad vial en el país. Buscando reducir las tasas de accidentes de tránsito, el gobierno diseñó un grupo de normas dirigido a las organizaciones, ya que se les reconoce como componentes primordiales, en el fomento y consolidación de una cultura vial de prevención y buenos hábitos.

Esta resolución contiene la guía metodológica para la elaboración de un Plan Estratégico de Seguridad Vial, y todas las directrices para su implementación.

Antecedentes legales de la Resolución 1565

La resolución muestra que el plan estratégico de seguridad vial, está fundamentado en los siguientes antecedentes legales:

  • Ley 1503 de 2011: la cual establece los lineamientos generales en relación con la responsabilidad de las organizaciones, empresas e instituciones en materia de seguridad vial.
  • Decreto 2851 de 2013 : determina que todas las acciones de seguridad vial en las organizaciones, deben estar ajustadas al Plan Nacional de Seguridad vial, y a su vez adaptarsen a las características de cada organización.

Plan Estratégico de Seguridad Vial, a la luz de la Resolución 1565

Según el apartado de definiciones el PESV a la luz de la resolución es:

“El instrumento de planificación que consignado en un documento contiene las acciones, mecanismos, estrategias y medidas que deberán adoptar las diferentes entidades, organizaciones o empresas del sector público y privado existentes en Colombia. Dichas acciones están encaminadas a alcanzar la seguridad vial como algo inherente al ser humano y así reducir la accidentalidad vial de los integrantes de las organizaciones mencionadas y de no ser posible evitar, o disminuir los efectos que puedan generar los accidentes de tránsito.”

Resolución 1565 de 2014

¿Quiénes deben implementar esta resolución?

La elaboración del PESV estará a cargo de entidades, organizaciones o empresas que:

  • 1 Posea, fabrique, ensamble, comercialice, contrate, o administre flotas de vehículos automotores o no automotores superiores o diez unidades.
  • 2 Contrate o administre personal de conductores.

¿Cómo se verifica el PESV y la implementación de la resolución?

Según el decreto 2851 las organizaciones deberán registrar el PESV, ante el organismo de tránsito que corresponde a la jurisdicción donde se encuentra la misma. En caso de no contar con organismo de tránsito municipal, este proceso deberá hacerse ante la alcaldía correspondiente. Cuando se trate de una empresa, organización o entidad de carácter nacional, el trámite debe realizarse ante la Superintendencia de puertos y transporte.

La autoridad ante la que se registre el PESV revisará técnicamente todo el plan, emitirá las observaciones de ajustes correspondientes y avalará el mismo. Estas autoridades deben verificar el seguimiento del PESV al interior de la organización, y los encargados harán visitas de control mínimo una vez al año.

Recomendación final:

Para facilitar el proceso de implementación de esta resolución, y de todos los instrumentos de gestión empresarial, existen actualmente herramientas tecnológicas como el software In Check que permite hacer seguimiento, generar reportes y tener toda la documentación en un mismo lugar.

Evita sanciones innecesarias, protege tus empleados y aumenta la productividad de tu empresa.

Software para el SG-SST

Herramienta para el diseño, implementación y mantenimiento de la normatividad del MinTrabajo.

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Wendy Cardona
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