
Importancia de conformar el Comité “Brigada de Emergencias”
La “Brigada de Emergencias”, es un equipo de trabajo indispensable para la protección de la integridad de los trabajadores, visitantes y contratistas de una empresa; por lo tanto, es muy importante la adecuada capacitación, formación y entrenamiento técnico de sus integrantes, para que estos sepan cómo actuar o proceder de manera correcta para prevenir y controlar cualquier emergencia en una situación determinada.
¿Qué es una emergencia?
De acuerdo al decreto 1072 de 2015 en su artículo 2.2.4.6.2 (Definiciones) del SGSST, Emergencia se define como:
“Es aquella situación de peligro o desastre o la inminencia del mismo, que afecta el funcionamiento normal de la empresa. Requiere de una reacción inmediata y coordinada de los trabajadores, brigadas de emergencias y primeros auxilios y en algunos casos de otros grupos de apoyo dependiendo de su magnitud”.
¿Qué empresa necesita una brigada?
La respuesta a esta pregunta se encuentra en la normatividad vigente. Miremos el decreto 1072 de 2015 en su artículo 2.2.4.6.25 del SGSST, el cual nos habla de la preparación, planeación, prevención de emergencias y la obligación de contar con una brigada (numeral 11 de este apartado):
“Conformar, capacitar, entrenar y dotar la brigada de emergencias, acorde con su nivel de riesgo y los recursos disponibles, que incluya la atención de primeros auxilios”.
De acuerdo a esto, la norma nos está estableciendo 4 obligaciones con respecto a la brigada:
- Conformar la brigada
- Capacitar la brigada
- Entrenar la brigada
- Dotar a la brigada de emergencias
Alguno de ustedes dirá
“Bueno yo soy micro empresario soy riesgo 1,2 o 3, tengo menos de 10 trabajadores y según la resolución 0312 de 2019 en sus artículos 9 y 16 no tengo la obligación de conformar brigadas”
Sin embargo, hay dos elementos que debemos de tener en cuenta: el primero es el artículo 23 de la resolución 0312 de 2019 que dice que el cumplimiento de los estándares mínimos no exime del cumplimiento de las obligaciones establecidas en las normas de riesgos laborales, por lo tanto, no podemos omitir que existe una obligación de brigada en una norma de mayor jerarquía como lo es el decreto 1072 de 2015.
Así que la recomendación es que, en empresas grandes, medianas o pequeñas en general, todos los contratantes tengan una brigada de emergencias conformada, capacitada, entrenada y dotada (tal como lo establece esta normatividad).
Ahora bien, podría ser que algunas empresas muy pequeñas que no están consideradas en los artículos 9 y 16 de la resolución 0312 de 2019, si no en el artículo 3 de la misma resolución (micro empresas), decidan no tener brigada de emergencias amparándose en este artículo.
Para este caso hay que recordar que tenemos otra obligación que establece el mismo decreto 1072 de 2015 en su artículo 2.2.4.6.25, el cual establece en su numeral 9 otra responsabilidad del empleador que es:
“Informar, capacitar y entrenar incluyendo a TODOS los trabajadores, para que estén en capacidad de actuar y proteger su salud e integridad, ante una emergencia real o potencial”.
Esta obligación si bien no nos exige convertirnos en los “grandes brigadistas”, nos pide dar una capacitación al menos general en los temas básicos de manejo de una emergencia, conocer las rutas de evacuación, saber en dónde están los extintores, tener las nociones básicas del uso del botiquín, entre otros.
Ya cada uno determinará dependiendo del tamaño de su empresa qué actividades debe de realizar.
Entonces el mismo decreto 1072 de 2015 nos dice que debemos de dar a TODOS LOS TRABAJADORES una capacitación básica para actuar y proteger su salud e integridad física ante una emergencia; y la brigada es ya un comité conformado por un grupo de personas a las cuales les debemos dar una capacitación adicional.
En conclusión, esas micro empresas que deciden por estándares mínimos no conformar una brigada de emergencias, no pueden omitir dar una capacitación a todos sus trabajadores porque en el artículo 3 sí está la obligación de tener un programa de capacitación; y ese programa de capacitación incluirá entonces unos contenidos mínimos de manejo de emergencias para sus trabajadores.
¿Cómo se conforma una brigada de emergencias?
Una vez que los brigadistas se han inscrito voluntariamente ante una convocatoria previa por parte del empleador, se debe realizar una reunión para formalizar la conformación de la brigada.
En esta reunión, los brigadistas deben recibir una capacitación sobre sus funciones; esta introducción a la generalidad de la brigada puede ser realizada por un brigadista que lleve tiempo en la organización, por un asesor externo, o la puede preparar el responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa.
En su primera reunión, los brigadistas deben elegir al líder o jefe de la brigada quien será el responsable de coordinar a todos los brigadistas, evaluar y clasificar las emergencias y autorizar el ingreso de equipos de ayuda externa.
En caso de contar con un amplio número de brigadistas se recomienda crear grupos dentro de la brigada. Los grupos más comunes son:
- Grupo contra incendios
- Grupo de primeros auxilios
- Grupo de vigilancia y apoyo
- Grupos de evacuación y rescate
En el acta de conformación debe quedar establecido con qué frecuencia se van a reunir los brigadistas.
La frecuencia de reuniones (no lo establece la norma) que recomendamos es de al menos cuatro veces al año; muy seguramente si la empresa tiene actividades de alto riesgo la frecuencia de reunión debería ser mucho mayor.
También debe quedar consignado en el acta, el plan de trabajo de las actividades que se desarrollarán dentro del año incluyendo las reuniones de preparación de simulacros, las capacitaciones que tomarán los brigadistas, las inspecciones de equipos de emergencias, los simulacros y la rendición de cuentas.
Al finalizar la reunión, se debe firmar el acta por parte de todos los brigadistas.
¿En qué consiste rendición de cuentas de la brigada de emergencias?
Rendir cuentas significa informar a las partes interesadas del SG-SST sobre qué se logró hacer respecto a todas las actividades planificadas por la brigada y cuáles fueron los resultados de estas actividades.
Por ejemplo, mínimo hay que planear un simulacro, reunirse, llevarlo a cabo y hacer la evaluación e informar sus resultados para hacer correcciones (sobre los efectos no deseados), acciones correctivas (sobre las causas de No Conformidades encontradas) o acciones preventivas.
Recuerda:
¡Evita lo peor, estando a salvo primero!
La seguridad no es cuestión de suerte o azar, sino de aplicar prevención en nuestra forma de trabajar, los comités de brigada de emergencias son claves para ello.
¿Y en tu empresa ya tienen implementado este comité?

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